CALLE PHILLIPS Nº 451
EDIFICIO PRESIDENTE, PISO 3
CÓDIGO POSTAL: 8320325
FONO: 800 411 400
SANTIAGO - CHILE
El objeto exclusivo de la Comisión será calificar, de acuerdo con los testimonios y antecedentes presentados -pudiendo además realizar todas las actuaciones que estime pertinentes- los siguientes casos de violaciones a los derechos humanos:
a) Víctimas de privación de libertad y/o torturas por razones políticas, cuando aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio.
b) Víctimas de desaparición forzada o ejecutados políticos, cuando aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio.
c) Secuestros y atentados contra la vida de personas cometidos por particulares bajo pretextos políticos.
d) Todos estos casos deberán haber ocurrido en el periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
e) La Comisión deberá, una vez terminada la labor de calificación, elaborar una nómina con los nombres de las personas calificadas.
f) La calificación que efectúe la Comisión otorgará los beneficios legales correspondientes.
Situaciones excluidas del Mandato
En ningún caso la Comisión podrá calificar la situación de personas privadas de libertad en manifestaciones públicas, que fueron puestas a disposición de los tribunales de policía local o de algún tribunal del crimen por delitos comunes y luego condenadas por estos delitos.
DISEÑO Y DESARROLLO WEB - DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA |